¿Cómo pueden hacer los Municipios, para obtener los recursos económico-financieros fuera de los presupuestos para realizar el recambio del alumbrado público a tecnología LED?
PROGRAMA LUX LEASING
LUX LEASING es un programa que instrumenta el financiamiento de la provisión y colocación de luminarias para el recambio del alumbrado público a tecnología en leasing a 61 meses, que se pagarán mediante la cesión de los recursos que le corresponden percibir a los municipios de un porcentaje de la tasa municipal (CAP) que cobran las distribuidoras por cuenta y orden de los mismos.
El Programa está basado en el hecho que el ahorro de energía que resulta del recambio a de luminarias de alumbrado público a tecnología LED genera excedentes en el flujo de fondos que permite el repago de la inversión en un período del orden de los 60 meses.
LOS MUNICIPIOS PUEDEN COBRAR LA TASA DE ALUMBRADO PUBLICO EN LA FACTURACION DE LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE ELECTRICIDAD POR CUENTA Y ORDEN DE CADA COMUNA
Se trata de la “A” de la tasa municipal comúnmente denominada “ABL” por alumbrado, barrido y limpieza que cobran los Municipios para poder prestar los servicios municipales básicos.
ES UN FLUJO DE COBRANZA CON UN BAJISIMO RIESGO, QUE SE PUEDE UTILIZAR COMO GARANTIA Y PAGO DE OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO
INVENTARIO GEOREFERENCIADO DE LUMINARIAS
La única inversión necesaria para instrumentar el programa es la realización de un inventario total de luminarias georeferenciado del sistema de alumbrado público, sobre el que se diseñará el proyecto técnico de recambio a Led con planos digitalizados y ubicación registral de las luminarias dadas en leasing.
PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA PROVISION Y COLOCACION DE LUMINARIAS POR PARTE DE CADA MUNICIPIO
El Programa NO incluye la provisión y colocación de luminarias de Led para el recambio y por ello cada uno de los Municipios, debe desarrollar el proceso licitatorios para la selección y compra pública de las luminarias que se requieran, que serán financiadas por el Programa.
Una vez finalizado el Inventario de luminarias georeferenciado y que cada uno de los Municipios defina los alcances del Proyecto Técnico se elaborará Presupuesto Oficial estimado para para la provisión y colocación de luminarias para el recambio a Led.
FIDEICOMISO FINANCIERO LUXLEASING
El esquema de financiamiento contempla la creación de un Fideicomiso Financiero a los efectos de dar viabilidad a la obra.
El Municipio / Departamento, bajo el paraguas legal de las Ordenanzas declarando de interés público la Iniciativa en cada uno de los Municipios, queda autorizando a firmar el contrato de leasing cediendo en garantía y pago el cobro del porcentaje del Cargo por Alumbrado Público ( CAP) que recauda la Distribuidora por cuenta y orden del mismo
La empresa Contratista, que cede la propiedad registral de las Luminarias bajo el formato de un contrato de leasing, el que pasa a constituir el segundo activo fideicomitido. Una vez generado un monto mínimo dentro del fideicomiso producto del goteo del 18% del CAP, el Fiduciario procede a dar oferta pública al Fideicomiso. Con todos los pasos que la salida al Mercado de Capitales implica (Cotización, Calificadoras de Riesgo, Diligencia Debida, Road Show, etc.) se procede a emitir tres clases de títulos:
1- Valores Representativos de Deuda Fiduciaria Senior, (los “Valores Representativos de Deuda Fiduciaria Senior” o “VRD A”),
2- Valores Representativos de Deuda Fiduciaria Clase B (los “Valores Representativos de Deuda Fiduciaria Clase B” o “VRD B” y, junto con los VRD A y los VRD B, los “Valores Representativos de Deuda Fiduciaria” o “VRDF”)
3- Certificados de Participación, (los “Certificados” o VCP y junto con los VRD A, VRD B y VCP, los “Valores Fiduciarios”). Los VRD A tendrán derecho de preferencia de cobro sobre los VRD B y los Certificados. Los VRD B tendrán derecho de preferencia de cobro sobre los Certificados.
FIDEICOMISO FINANCIERO LUXLEASING
Con los fondos así obtenidos se dará inicio a las obras. El pago a la empresa Contratista será contra presentación y aprobación, por parte del órgano contratante, de los Certificados Mensuales de Avance.
POSIBILIDAD DE CAPTAR FONDOS ADICIONALES DE PROGRAMAS NACIONALES Y/O PROVINCIALES
Cualquier programa Nacional o Provincial a crearse en el futuro cuyo destino específico fuera la ejecución de obras de luminaria pública, deberá ser cedido al fideicomiso como tercer activo fideicomitido.
REPAGO DE LOS VALORES FIDUCIARIOS
Conforme con el cronograma de repago de los Valores Fiduciarios, los mismos serán cancelados con los fondos del Fideicomiso.
EL MUNICIPIO FIDUCIANTE Y FIDEICOMISARIO Y BENEFICIARIO FINAL
Finalmente, el Municipio en su doble rol de Fiduciante y Fideicomisario, será el beneficiario final del Fideicomiso recibiendo en propiedad el patrimonio del fondo, básicamente las Luminarias.